EL FORÁNEO DE ALCÁZAR

HIDALGOS: REALIDAD Y MITO EN LA MANCHA

El origen de la expresión

Hidalgo, hijodalgo, fidalgo (del castellano antiguo, y común en literatura) o infanzón es un noble, aunque coloquialmente se utilice el término para referirse a la nobleza no titulada. El término infanzón quizá sea el más antiguo y justo durante la Reconquista hacía referencia como norma general a aquellos segundones de familias de Ricoshombres nobles, en los que el primogénito heredaba el título y el segundón era hombre de guerra o de alto clero al servicio del rey, con tratamiento de noble, pero sin título.  El término infanzón aunque sinónimo de hidalgo, era de uso más cotidiano y más relegado a la corona de Aragón. Ejemplo de infanzón ilustre y conocido por todos fue El Cid que aunque castellano en origen, ejerció su nobleza en Aragón más que en ningún otro sitio con los reyes a los que sirvió.

    El término hidalgo o hidalguía no tiene una etimología clara, permanece en gran modo desconocida. Si recurrimos a Sebastián de Covarrubias, lexicógrafo, criptógrafo, capellán del rey Felipe II, canónigo de la catedral de Cuenca y escritor español en su «Tesoro de la lengua castellana o española. 2ª edición, 2020. Ed. Iberoamericana» quizá que aclare algo por las acepciones de la palabra hidalgo más que por la lexicografía de la palabra en sí. Son los adjetivos añadidos a Hidalgo los que parecen atisbar un significado más cierto de la palabra.

    En España existían muchas clases de hidalguías: El «muy» notorio, el «de solar conocido», el «de todos cuatro costados», el «de devengar quinientos sueldos», los «hidalgos por el cuerno» y otros, incluso uno que está entre lo conceptual y lo real, el «hidalgo como un gavilán». Que hace referencia a hijo de algo como hijo de algún linaje, con variadas calidades la palabra algo, en sus diferentes contextos, denotaba «noble», «valioso», «bueno». Además de Infanzón era sinónimo de Gentileshombres y Escuderos.

    En tesituras lingüísticas así, mejor recurrir a un erudito y de la época. Se trata del «Tesoro de la lengua castellana o española. 2ª edición, 2020. Ed. Iberoamericana». de Sebastián de Covarrubias, lexicógrafo, criptógrafo, capellán del rey Felipe II, canónigo de la catedral de Cuenca y escritor español.

    En esta obra nos dice que la etimología de la palabra es desconocida, que existe el femenino (hidalga) y respecto a las acepciones:

- Fidalgo: de «fide» o fe, que es persona de la que fiarse porque ofrece «confianza y lealtad».

- Acepción procedente de la Antigua Roma y era una «exención y nobleza» que se concedía primero por el pueblo romano, después por los emperadores y también se obtenía por compra.

- La acepción cristiana: traída de un episodio de San Pablo, quien dio a entender a un tribuno que había heredado la nobleza de sus padres y que por ello no solo era algo, sino hijo de algo, de aquí se interpretaba que algo vale por «nobleza, bondad o bienes»

- En la acepción goda se dijo que es voz corrompida de ‘fijo de Godo’ (hijo de godo o «filgod») y que transmutadas las consonantes derivó hasta ‘fidalgo’. El fundamento sería que quedaron muy pocos nobles y realeza goda refugiados en las montañas tras el islam, e iniciada la Reconquista estos eran muy estimados en España.

    Esta última acepción ha tenido siempre un gran predicamento de modo que tanto más fácil era demostrar tu pureza de sangre y tu nobleza, si querías acceder a ella, cuanto más fácil te fuera demostrar tu origen godo o genealógicamente godo o lo más próximo en el tiempo a lo godo.

Inicios de los hidalgos e hidalguía

La hidalguía tiene sus orígenes en la Reconquista. Ya para el siglo X aparece el término «infanzón» como sinónimo de la palabra caballero y su análoga en el latín medieval, miles. Estos infanzones eran vasallos de los grandes magnates y prelados y administraban sus propiedades, y en general provenían del grupo social de los ricohombres, aquellos que tenían suficientes bienes de fortuna para poder sustentar a uno o varios caros caballos. En los primeros siglos era posible conseguir el rango de infanzón simplemente con la habilidad de proveer y costear su propio servicio en la caballería. Es solo en el siglo XII cuando el rango de infanzón se cierra a los que no nacen en él. En los pueblos que se fundan en las tierras reconquistadas, fueron los caballeros (y no los magnates, quienes solían quedarse en áreas más antiguas) los que llegaron a dominar la vida política, social y cultural. Los oficios municipales y la representación de las ciudades en las Cortes eran privilegios casi exclusivos de los caballeros. Es también en el siglo XII cuando se les empieza llamar «hidalgos». Y es cuando se empieza a dar cierto cuerpo o fundamentación jurídica a la entidad por parte de Alfonso X el Sabio en Las Siete Partidas, en la Partida II, Ley Doce, Título 21.

    Surgió pues el título como un reconocimiento, cuyo uso se fue extendiendo de forma descontrolada a los largo de los años, y los monarcas, a cambio de algún beneficio económico personal, nombraban hidalgos a cuantos les resultaba conveniente. Por tales prebendas reales, se inició   la fiebre por ser noble hidalgo pues la hidalguía te presuponía muchas virtudes:

1º) Por una parte las vanidades del hombre, de saberse reconocido como superior sobre sus semejantes aunque la pobreza fuera su medio de vida y ..

2º) Por otra parte, y quizá lo más buscado era la exención por nobleza de la obligatoriedad de pagar impuestos (los pechos, los servicios ordinarios y extraordinarios que solicitaban las Cortes para el rey). No tener que pechar con la hacienda. Pechaban hasta los ricos sin nobleza reconocida y en contraposición al hidalgo un pechero era en la Castilla del Antiguo Régimen, desde la Baja Edad Media hasta el final de la Edad Moderna, era una persona de una condición social que no viene determinada por la riqueza, sino exclusivamente por la obligación de contribuir al pago de un tipo de impuesto personal: el llamado servicio ordinario y extraordinario. Esto, en los tiempos de los que hablamos, desde los siglos IX-X hasta que se terminó con Carlos III era el maná divino. Por eso alcanzar la nobleza de las formas que veremos más adelante, era un deseo irrefrenable porque arreglaba tus infortunios y tus viandas aunque rico no fueras.

    Fue con la llegada de la Ilustración y los Borbones cuando comenzó una reforma en profundidad de la hacienda pública, una de las cuales fue la limitación de este tipo de nombramientos, ya que por entonces más de medio millón de personas gozaba de exenciones tributarias basadas en este título.

    Después veremos la distribución de las hidalguía por la Península, pero como aperitivo y para ir reubicando la mente diremos que en el norte el número de nobles era elevado y sus diferencias con el pueblo llano, escasas, habiendo sido en sí reformada su sociedad desde un principio por motivos históricos y demográficos como auténticas milicias para la manutención de las huestes reales. En Asturias, los hidalgos llegaron a ser casi un 80 % de la población, y en el caso de Cantabria esta cifra fue aún mayor, alcanzando el 83 % en el siglo XVI y superando el 90 % en torno a 1740.  En el Señorío de Vizcaya y en Guipúzcoa existía también el llamado derecho de hidalguía universal, en virtud del cual todos los vizcaínos y todos los guipuzcoanos nacían hidalgos. Este privilegio no se aplicaba a Álava,  donde solo el 25% de la población era hidalga, ni a Navarra.  Gradualmente y de norte a sur iba bajando el número de hidalgos en porcentaje respecto a la población de cada lugar hasta llegar a La Mancha donde solo un 3,5 % eran hidalgos y en el caso específico de Ciudad Real llego a la escasa cifra de un 1,5%. Más al sur, en Andalucía y Murcia volvía a subir el porcentaje. (Ver tabla I) Son datos, no invenciones, y estamos hablando precisamente del siglo XVI (Los hidalgos de La Mancha según las Relaciones topográficas de Felipe II y los censos de población del siglo XVI. Vincent Perelló. Criticón. Mayo 2018.).

   Para ser más concretos y tomando como referencia el censo de Floridablanca de 1757, podemos apreciar en la Tabla I la distribución por zonas geográficas, la población de cada una de esas zonas, el número de hidalgos y el porcentaje de hidalgos respecto a la población general. Al analizar la tabla, podemos apreciar el descenso del porcentaje de hidalgos de norte a sur pero personalmente me llama en extremo la atención que el núcleo central de La Mancha, las provincias de Toledo y Ciudad Real están en posiciones muy traseras en cuanto a porcentaje de hidalgos, precisamente, cuando la conciencia colectiva te lleva a pensar en lo contrario. Es lógico y humildemente creo que al menos en parte, la responsabilidad de mi sorpresa se debe a Cervantes y a cómo en su novela trata gentes y lugares y los integra con condiciones humanas, de modo que lo que es una ficción llega a parecerte la realidad que asimilas y la crees fielmente. Es muy extendido y convencido leer «tierra de hidalgos», de forma automática lo primero que acude a su mente es La Mancha Centro o la Manchuela. Luego … es un mito inducido por la obra de Cervantes lo que nos hace asociar territorio con condición de hidalguía?. En cualquier caso, para el que suscribe estas palabras, es una sorpresa mayúscula pues siempre he asociado la condición nobiliaria sin título con la región. Que les parece a los lectores?. Solo sugiero, no hago ninguna afirmación,  que el responsable sea Cervantes y el tratamiento que en el Quijote se da de todos ellos, de gentes y lugares en opinión muy personal.

   Seguidamente inserto la Tabla I, donde aparecen datos del Censo de Floridablanca y donde he resaltado el texto en las filas correspondientes a Toledo y Ciudad Real y aprecio igualmente la condición de hidalguía universal de la que disfrutaban los vascos, con el 100% de la población de condición hidalga, solo por nacimiento.

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    La última fila de la tabla puede resultar de gran información y demoledora con respecto a la idea que muchos hemos tenido sobre la «tierra de hidalgos».  Sobre una población de unos 10 millones de personas en la España de 1.700, la de Floridablanca, aproximadamente un millón eran hidalgos y la media porcentual de hidalgos a nivel nacional era del 10%. Pero lo realmente llamativo es que en «zona caliente Manchega», donde uno podía esperar que se alcanzaran los porcentajes más altos de hidalgos sobre el total población, en Ciudad Real el porcentaje era de un raquítico 0,62% o en Toledo del 0,98% y en toda Castilla la Vieja del 0,79%. Esto después de ver la universalidad hidalga en País Vasco y esas enormes cifras en el norte, en Cantabria y Asturias donde los hidalgos eran pobres de solemnidad y se ganaban la vida como braceros la mayoría de ellos.

    También, en las Siete Partidas, Alfonso X dejó referencias sobre:

1º) Régimen e instituciones de la hidalguía:

    La condición de hidalgo llevaba aparejados ciertos deberes y privilegios. Era su obligación mantener caballo y armas, así como recibir periódicamente preparación militar, a fin de acudir a la guerra en el momento en el que el rey le llamase. Como contrapartida, entre otros privilegios, estaba exento de pago de ciertos tributos (el pecho) por lo que se les contraponía a los pecheros y se les daba el permiso exclusivo para poseer y criar palomares, como ocurría con los  conventos. El contenido de los deberes y obligaciones de los hidalgos en España fue variando a lo largo de los siglos. Sus pleitos se dirimían ante el alcalde de los hijosdalgo que existía en cada uno de los ayuntamientos españoles donde se diese la división de estados (la mayoría) y en segunda instancia, en las Salas de los Hijosdalgo de las Reales Chancillerías de Valladolid y Granada (según que residiera al norte o al sur del Duero), la Real Audiencia de Oviedo y otros tribunales. Con el paso del tiempo se fue transformando su régimen jurídico hasta la completa abolición de sus privilegios con el advenimiento del liberalismo en el primer tercio del siglo XIX. Esto, no obstante, no supuso la abolición de la nobleza.

2º) Formas de acceso a la Hidalguía

    En la Partida Segunda, la Ley XII  del Título XXI,  establece dos maneras de llegar a la nobleza:

A. Por SABER, es decir, mediante el conocimiento y la práctica de Ciencias y Artes Liberales.

B. Por BONDAD DE COSTUMBRES, "more nobilium"..

3º) Privilegios Reales de la nobleza de los que los hidalgos se beneficiaban. Eran Cinco Privilegios.

    Una vez se había accedido a la nobleza, se podían aplicar al interesado los cinco privilegios que tenían todos los nobles, a saber: (son términos que hoy resultan arcaicos, pero era la Ley en el siglo XII y así lo expreso. Es más una curiosidad del saber que una cuestión práctica)

1. CONCESIÓN: Facultad inherente a la Corona se fundaba tanto en la voluntad del monarca como en las normas generales del reino. Podían ser hereditarias (regla general) o personales. Temporales limitadas a dos o tres generaciones y establecerse exclusiones expresas. Podían otorgarse a naturales y a extranjeros cuya ascendencia era noble en sus países de origen, conforme a las leyes usos y costumbres respectivos, previa justificación de su derecho y con la declaración o confirmación del monarca, sin diferencias quedaban estos nobles homologados a la hidalguía de España. También se concedían a extranjeros residentes (especialmente a flamencos, franceses o irlandeses) cuando se planteaba algún supuesto de declaración de hidalgo de sangre.

2. DECLARACIÓN: El Privilegio Real de declaración hacia notorio el estado de nobleza o hidalguía porque lo justificaba o hacía constar sin necesidad del procedimiento ante las Chancillerías del Reino.

3. CONFIRMACIÓN: Se limitaba a confirmar la nobleza concedida a los antepasados o al propio interesado.

4. REINTEGRACIÓN. Era la devolución al estado y calidad de noble a quienes por cualquier motivo la hubiesen perdido.

5. RESTITUCIÓN. Este Privilegio Real se usaba para compensar o indemnizar al agraviado por cualquier causa.

4º) Tipos de Hidalgos

Por último, Las Siete Partidas también dejaron una división de los hidalgos y los tipos de hidalgos en función del origen de la nobleza. Si era por sangre noble transmitida de forma patrilineal o si habían alcanzado la misma por algún tipo de privilegio real. Los tipos fueron variando y aumentando con los tiempos, otros desapareciendo …. Los usos y costumbres iban creando o abandonando los adjetivos que acompañaban al sustantivo hidalgo.

    Podemos reconocer dos grupos esenciales y en cada grupo cada uno había o adquirido su reconocimiento de nobleza de sangre o su privilegio de las formas más dispares.

A. HIDALGOS LINAJE INMEMORIAL O HIDALGOS DE SANGRE.

Eran aquellos a quien la nobleza le venía por descender de quienes habían disfrutado de ella desde tiempo inmemorial. En ocasiones este tipo de hidalgos tenían demostrada su condición noble de varios modos y ninguno era excluyente. A saber:

- Hidalgo de solar conocido. (en este caso la RAE define solar como: «Casa, descendencia, linaje noble»). Tambien llamados «puros», «notorios», auténticos», sin discusión alguna los más hidalgos entre los hidalgos. Por tanto eran aquellos hidalgos que tenían casa solariega, o que descendían de una familia hidalga que la tienía o la ha tenido. Para ser reconocido como hidalgo solariego, era necesario justificar que los cuatro abuelos habían sido a su vez hidalgos «por los cuatro costados «

- Hidalgo de ejecutoria.  Aquel hidalgo reconocido como el que ha litigado por su hidalguía y ha probado ser hidalgo de sangre. Se demostraba mediante la presentación de escrituras y testigos en un juicio de ejecutoria que debía superar. El Hidalgo podía detentar la condición de hidalguía en Propiedad si disponía de una ejecutoría que así lo indicaba o bien podía considerársele en Posesión de tal dignidad, para lo cual era imprescindible que figurara empadronado como noble sin que nadie hubiera reclamado o discutido para nada el padrón a este respecto.

- Hidalgo de cuatro costados:  era denominado aquel que podía probar que sus abuelos paternos y maternos eran hidalgos (de cualquier clase).

- Hidalgo de devengar 500 sueldos (era lo que constaba mantener un a caballería). Este tipo de hidalgo, además de ser puro, notorio o auténtico, de sangre tenía el privilegio de que por fuero inmemorial tenían derecho a cobrar 500 sueldos como satisfacción de las injurias que se les hacían, en lo que parece ser una reminiscencia del antiguo derecho visigodo a recibir compensaciones económicas por no aplicar la Ley del Talión.

- Hidalgos de gotera. Hidalgos de gotera eran los hidalgos reconocidos como tales en un pueblo determinado, de modo que perdían los privilegios de su hidalguía si cambiaban de domicilio trasladándose a otro pueblo distinto. Estos también se denominaban «de canales adentro» (locales),  «de puertas adentro» o «de tejas para abajo».

B. HIDALGOS DE PRIVILEGIO

A la hidalguía por privilegio se podía acceder de dos formas. La primera:

1ª) Cuando el rey daba privilegio de tal por su mucha valía, grandes servicios en la guerra o en la paz, así se daba principio de hidalguía por ser bueno en el servicio público. Los hidalgos de privilegio eran tratados de manera despectiva en muchas ocasiones por los de sangre. La hidalguía de privilegio no llevaba aparejada automáticamente la hidalguía de sangre, ya que «el Rey puede fazer cavalleros más non fidalgos» y era preciso el paso de tres generaciones que pudiesen acreditar la asunción del more nobilium desde el otorgamiento del privilegio para que al «hijo de padre y abuelo» se le reconociese la hidalguía.

2ª) La segunda forma era Hidalgo de privilegio por compra eran los que habían comprado sus hidalguías, por lo general para no pechar y tener acceso a algunos empleos o dignidades, tenían las mismas exenciones y preeminencias que los demás, pero sin las calidades de nobleza y sangre.

Podemos encontrar además de los de compra, muchos tipos de hidalgo cuya virtud, considerada por el rey merecía de la hidalguía y eran tantos con tanta variabilidad geográfica que nos perderíamos. Mencionaremos solo algunos de ellos.

-. Hidalgos por compra: Aquellos que había pagado al rey para ser considerados nobles y detentar la dignidad. De igual forma se compraba cualquier título.

-. Hidalgos de bragueta.  Premiados con la nobleza por el hecho de haber tenido 7 hijos varones que eran semillero para los reclutamientos llegada la hora y para la mejora de la demografía.

-. Hidalgos por el cuerno.  Aquellos que alcanzaban el premio de no tener que pagar impuestos por la reconocida labor de soplar el cuerno y avisar de acontecimientos que supusieran un riesgo para la población o en tiempos de guerra dar las señales sonoras emitidas con el cuerno para determinar actitudes y tareas.

Podíamos seguir con más tipos de hidalguías, si, bastantes más, pero ya eran virtudes casi privativas de una persona los que hacían que el rey, agradado concediera el privilegio.

El posterior partes de hidalguía, trataremos el tema de las proximidades jurídicas: las probaturas de sangre, las ejecutorias, los testigos y algunas curiosidades más que aquí, pero espacio editorial no «caben» literalmente. Por ese motivo saldrá una segunda parte de los hidalgos y si es posible con el tratamiento de algún caso de personaje de carácter local.

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