EL AYUNTAMIENTO DE VILLACAÑAS INFORMA

Las reducciones o exhumaciones para traslado de restos en el Cementerio Municipal de Villacañas deberán hacerse antes del 30 de mayo

La legislación no permite hacerlo entre junio y septiembre, por lo que las personas interesadas deben solicitarlo ya para actuar antes del 30 de mayo

Desde la Concejalía de Cementerio Municipal se informa y recuerda a los vecinos que puedan estar interesados en realizar reducciones o exhumaciones para traslado de restos, sobre las fechas límite para poder llevar a cabo estas labores.

Y es que, según marca el Reglamento de Sanidad Mortuoria de Castilla-La Mancha (Decreto 72/1999), no se podrán exhumar restos durante los meses de junio a septiembre, ambos inclusive, excepto por una serie de causas extraordinarias que se indican igualmente en el citado Decreto. Por ello estas acciones solo se podrán hacer en el Cementerio Municipal de Villacañas hasta el 30 de mayo, dado que el 31 es festivo en Castilla-La Mancha. Por ello, se informa a aquellas personas interesadas en realizar estas acciones que lo soliciten cuanto antes en las oficinas de Recaudación del Ayuntamiento.

La reducción de restos pueden solicitarla aquellas personas que quieran aumentar la capacidad de la sepultura, inhumando alguno o todos los restos existentes o renunciando a ellos; mientras que la exhumación para traslado de restos supone el desentierro de restos para su inhumación en otro cementerio o en otro lugar dentro del mismo cementerio.

La Ordenanza Municipal reguladora del Cementerio Municipal contempla la posibilidad de que los restos de cadáveres inhumados puedan pasar al osario, sin que el interesado tenga que efectuar ningún pago de derecho alguno, siempre que la sepultura quede completamente desocupada y revierta a favor del Ayuntamiento, que la pondría así a disposición de otras personas interesadas.

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