Durante la temporada de caza mayor y menor

El Cuerpo de Agentes Medioambientales velará por un desarrollo seguro y conforme a la normativa de la actividad cinegética

En las modalidades de caza colectiva es donde se produce el mayor número de accidentes, según APAM-CLM.

 Los Agentes Medioambientales de Castilla La Mancha van a velar por un desarrollo seguro y conforme a la normativa de la actividad cinegética, llevando a cabo servicios dedicados a la vigilancia y la comprobación de la documentación, tanto de los cazadores en toda modalidad de caza, como de las rehalas que participan en monterías, ganchos o batidas, a lo largo del período hábil de caza.

La veda, que se abrió el pasado 8 de octubre, se extenderá hasta el 31 de enero para las aves migratorias acuáticas y no acuáticas; hasta el 8 de febrero para los mamíferos de caza menor y aves no migratorias, y hasta el 21 de febrero para las especies de caza menor.

Desde APAM-CLM (Asociación Profesional de Agentes Medioambientales de Castilla - La Mancha) “queremos recordar la importancia de comprobar que se está en posesión de la documentación con la que deben contar los cazadores antes de salir al campo”. Estos documentos son la licencia autonómica de caza, el permiso del acotado donde se desarrolle la actividad, permiso de armas en caso de cazar con armas de fuego, la guía de pertenencia del arma igualmente en caso de tratarse de armas de fuego, seguro de responsabilidad civil y documento válido de identificación para acreditar la personalidad (DNI, pasaporte o permiso de conducción).

La Asociación profesional de Agentes Medioambientales recuerda que las modalidades colectivas de caza como son monterías, ganchos, batidas y ojeos son donde anualmente se producen más accidentes, por lo que es esencial observar las medidas de seguridad como son abstenerse de abandonar o cambiar de puesto una vez iniciada la cacería, llevar una gorra o sombrero reflectante de color naranja o bien una señal en lugar visible de seis centímetros de ancho con las mismas características. Igualmente es una medida de obligado cumplimiento no sólo por protección de las especies cinegéticas sino por seguridad la prohibición de doblar o desdoblar puestos.

En cuanto a la documentación de las rehalas, éstas deberán contar con el documento de alta en el registro de núcleos zoológicos, el alta en el registro ganadero (REGA) y cada perro debe acompañarse con su cartilla identificativa asociada a su número de chip.

En caso de practicar la caza en la modalidad de rececho y/o aguardo, los trofeos de caza mayor, excepto el jabalí, no podrán ser sacados del terreno cinegético sin llevar correctamente cumplimentado y ajustado el precinto justificativo. Es imprescindible que el cazador cuente con al menos un precinto sin utilizar a su alcance.

Respecto a las zonas de seguridad es muy importante respetar las vías y caminos de uso público. En éstas está prohibido el uso de armas de caza y en una faja de cincuenta metros a ambos lados. Además está prohibido disparar fuera de estas zonas, así como hacia las mismas de forma que el proyectil pueda alcanzarlas. Así mismo cuando los cazadores se encuentren a menos de cincuenta metros de personas ajenas a la cacería deberán descargar sus armas. Esta medida de seguridad es esencial para que la convivencia entre todos los ciudadanos y el disfrute de la naturaleza por parte de todos sea posible.

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