El feriante acusado de la muerte de Buján es condenado a 3 años por homicidio imprudente y absuelto de asesinato

Con fecha 3 de noviembre, el Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Presidente del Tribunal del Jurado ha dictado sentencia en el procedimiento contra los feriantes de Alcázar, acusados de la muerte del joven herenciano.

Coincidiendo con el veredicto del jurado popular, el juez condena al padre feriante J.F.C.F. a una pena de 3 años de prisión por un delito de homicidio imprudente y a no acudir ni residir en la localidad de Herencia durante el plazo de seis años. También lo condena por un delito de lesiones en grado de tentativa a 5 meses y 29 días con una cuota diaria de 10 euros, con 89 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; al pago de la mitad de las costas, incluidas las devengadas por las acusaciones particulares, y a que por vía de responsabilidad civil indemnice a la madre del fallecido con 91.000 euros y al hermano con 26.000 euros. Al mismo tiempo le absuelve de los delitos de asesinato y homicidio doloso por los que venía siendo acusado.

En cuanto al hijo feriante, R.C.U. lo considera autor criminalmente responsable de un delito leve de lesiones y lo condena a la pena de 2 meses de multa con cuota diaria de 10 euros, con 30 días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al pago de la mitad de las costas. Se le absuelve también de los delitos de asesinato y homicidio doloso por los que venía siendo acusado.

El juicio tuvo lugar durante la semana pasada y quedó visto para sentencia. El jurado popular en su veredicto consideró culpable de los hechos al padre feriante, como único autor del golpe mortal que Gonzalo Buján recibió en la noche del 10 de febrero de 2018, con las pinzas de arranque del coche, cuando discutía con el feriante hijo.