Devolución de bonificaciones en el precio de los carburantes

Las gasolineras pueden solicitar desde hoy el anticipo de 20 céntimos en el carburante

-El formulario de la solicitud se colgará en la página web de la Agencia Tributaria -Todas las estaciones de servicio podrán presentar la solicitud, que requerirá únicamente la incorporación de los datos de identificación y un número de cuenta bancaria para hacer efectivo el pago -Una vez recibidas las solicitudes, los primeros abonos se efectuarán por parte de la Agencia la próxima semana

 
 

La Agencia Tributaria ha puesto este viernes a disposiciónde todas las estaciones de servicio el formulario online para la solicitud del anticipo a cuenta del descuento de 20 céntimos que ha comenzado a aplicar a los usuarios en el precio de los carburantes y combustibles, de acuerdo con el Real Decreto-ley 6/2022, de 30 de marzo.

El formulario se ha publicado en la sede electrónica de la Agencia, (https://sede.agenciatributaria.gob.es), y en él las estaciones de servicio únicamente tienen que cumplimentar los datos de identificación y un número de cuenta bancaria en la que debe abonarse el adelanto. Para presentar el formulario se requiere autenticación con el sistema Clave o certificado electrónico.


Una vez recibidas las solicitudes, la próxima semana se iniciarán los abonos por parte de la Agencia. Estos anticipos a cuenta podrán solicitarse por el importe máximo de la bonificación que correspondería al 90% del
volumen medio mensual de los productos incluidos en el ámbito objetivo
de la bonificación que haya vendido la estación de servicio en el año 2021, de acuerdo con lo reportado al censo de empresas que realizan las ventas directas a los consumidores finales. El importe del anticipo, según lo establecido en el Real Decreto-ley, no podrá ser superior a los dos millones de euros, ni inferior a los 1.000 euros.


Paralelamente, la Agencia Tributaria trabaja en el desarrollo, con la mayor celeridad posible, del formulario online específico para la solicitud de devolución mensual de las bonificaciones practicadas, y también de los
dos formularios necesarios para que soliciten el pago único los beneficiarios de las ayudas previstas en el Real Decreto-ley para la industria intensiva en consumo de gas y para el sector del transporte.

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