ANUNCIO AYUNTAMIENTO DE ALCÁZAR DE SAN JUAN

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Por este Ayuntamiento, se está tramitando la aprobación del siguiente proyecto de modificación de Plan Parcial del Sector S.1.3 del PGOU de Alcázar de San Juan, cuyo ámbito de aplicación es en las manzanas 9,11 y parte de la 14. Ordenanza de Vivienda Colectiva de Protección y Libre (RPVL) Y (RPVP) con tolerancia de Vivienda Unifamiliar (RU).

Su objeto es debido a que la referida ordenanza de vivienda colectiva de protección y libre con tolerancia de vivienda unifamiliar, presenta una redacción confusa que dificulta su aplicación, tanto en la concesión de licencias de obras como de licencias de segregación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 152 del Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por el Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, en relación con los artículos 38 del Texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, 138 del Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por el Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, y el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Alcaldía Presidencia ha dictado resolución con la siguiente parte dispositiva:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del Plan Parcial referenciado.

SEGUNDO. Abrir un período de información pública durante el plazo de veinte días, mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en el periódico de mayor difusión de la localidad “El Semanal de La Mancha”.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento de Alcázar de San Juan.

TERCERO. Dar audiencia por un plazo de quince días para que se presente en las dependencias de este Ayuntamiento y examine el expediente a los efectos de que puedan alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.

CUARTO. Solicitar los informes sectoriales preceptivos que sean pertinentes según la legislación sectorial.

Documento firmado electrónicamente (RD 1671/2009). La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante el CSV: 13523555302523630067 en https://sede.alcazardesanjuan.es

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