Según el fallo, queda por lo tanto, estimado el recurso de apelación interpuesto y revocada la sentencia que en su día dictó el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Ciudad Real.
Aquella sentencia desestimó el recurso contencioso administrativo interpuesto por Tejado contra el acuerdo de 24 de julio de 2014 del Pleno del Ayuntamiento de Alcázar en el que, por la vía de Urgencias, se aprobó adjudicar y seleccionar al socio privado (FCC Aqualia S.A) que luego concurriría junto al Ayuntamiento para la ampliación de capital y para transformar la sociedad municipal Aguas de Alcázar en una sociedad economía mixta.
Por lo tanto, con este nuevo fallo, se abre una posibilidad jurídica para enfocar el proceso de remunicipalización de Aguas de Alcázar, al quedar anulado dicho acuerdo plenario, en cuanto al punto impugnado sobre la adjudicación y selección del socio privado.